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FRAUDE
EN LA CONTRATACION DE EMPLEADOS
Por el Dr.
Javier Alberto Comunale integrante de Problemaslaborales.Com
Lea atentamente el contenido
de la presente nota, pues Ud. puede encontrarse comprendido
en alguna de las siguientes situaciones y no percibirlas.
Para orientarse al respecto es necesario saber que la
legislación laboral, poco a poco, ha ido estableciendo
determinados parámetros básicos y obligatorios en la
contratación de trabajadores.Ello con el objetivo de
proteger sus derechos y evitar abusos.
La situación política y económica del país ha hecho
que estas condiciones mínimas, en innumerables oportunidades,
se vean violadas o disimuladas, por necesidad o por
abuso de los empleadores.
En ese orden de ideas,
la Ley de Contrato de trabajo tiene ciertas presunciones
que, en forma individual o conjunta, protegen sus derechos.
La protección de estos
derechos opera a través de la declaración de nulidad
de todos los actos o hechos que constituyan fraude a
la Ley Laboral. El fraude por lo general se representa
a través de situaciones que disimulan o intentan disimular
la realidad de una situación contractual.
Algunos ejemplos de estos
fraudes son:
* Simular un contrato
específico (Locación de obra) encubriendo la verdadera
relación laboral (contrato de trabajo). En definitiva,
se disfraza un contrato de trabajo con alguna otra forma
o figura jurídica.
* Incumplir normas del Derecho del Trabajo, mediante
el empleo de otras que en apariencia son lícitas, pero
cuyo objetivo es la violación de las primeras. (Ejemplo
de ello es, el mandato del empleador al empleado a presentar
su renuncia, y renovarle el contrato con un testaferro
o persona distinta del verdadero empleador).
* Constitución de figuras societarias -empresas-
en las que se incluye, FALSAMENTE, al trabajador como
socio.
* Entre tantas otros.
Más allá de no ser posible
abarcar todas las innumerables situaciones en las que
se intenta violar los derechos de los trabajadores,
lo IMPORTANTE es que Ud. sepa que en estos casos la
Ley rompe con el esquema o figura falsa "armada" por
el empleador, e impone la "verdadera" ley a aplicar.
En otras palabras,
la ley deja de lado el fraude creado, y expone la existencia
de un contrato de trabajo. La conclusión de ello, resulta
en la aplicación de la Ley de contrato de trabajo en
su máxima extensión. (permite al trabajador reclamar
sus salarios, aportes, retenciones, contribuciones,
etc. en su totalidad, y no liquidados como el contrato
que se intentaba hacer valer).
No dude en consultarnos
si Ud. piensa que su contrato de trabajo sufre alguna
de estas irregularidades. consultas@problemaslaborales.com
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